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Acuerdo de Colaboración.
Tribunal de Cuentas de España - Corte de Cuentas de la República de El Salvador
- FECHA: 09/07/2018
- LUGAR DE CELEBRACIÓN: Madrid y El Salvador.
- OBJETO: Promover relaciones de cooperación técnica con respecto al área jurisdiccional, mediante los proyectos o planes de actuación que a tal efecto se diseñen. Esta cooperación podrá concretarse mediante la realización de las siguientes actividades:
- Intercambio de experiencias en el área de la jurisdicción contable con el propósito de mejorar la gestión y su impacto en la sociedad.
- Programas de visitas en la citada área.
- Cualquier otra forma de cooperación que se estime conveniente.
- VIGENCIA: Se mantendrá en vigor por un período de dos años. No obstante, este acuerdo podrá finalizar por concierto de las partes o por denuncia expresa de una de ellas en cualquier momento de su vigencia previo aviso de un mes de antelación.
- PRÓRROGA PREVISTA: Será prorrogable por convenio de las partes, expresado antes de su vencimiento, por periodos sucesivos de igual duración.
- OBLIGACIONES ECONÓMICAS: El desarrollo del objeto del Acuerdo y su ejecución se llevarán a cabo fundamentalmente por medios telemáticos, tales como correos electrónicos, teleconferencias o videoconferencias, así como la realización de visitas de estudio en los casos en que se estime necesario, previo pacto de las partes. Cada parte sufragará los gastos relacionados con las comunicaciones ordinarias realizadas a través de los servicios telemáticos, así como del personal al servicio de cada una. En el supuesto de realización de visitas de estudio, la parte que las solicite correrá con todos los gastos ocasionados por las mismas y, en particular, con los de viaje, alojamiento, manutención y demás derivados directamente del desplazamiento de su delegación, así como, en su caso, del personal de la otra parte.
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Acuerdo de Cooperación Técnica.
Contraloría General del Estado de la República del Ecuador - Tribunal de Cuentas de España
- FECHA: 06/06/2018
- LUGAR DE CELEBRACIÓN: Madrid.
- OBJETO: Promover relaciones de cooperación técnica, con el fin de enriquecer y desarrollar actividades de control externo, mediante los proyectos o programas de actuación que a tal efecto se diseñen. Se propiciará la colaboración e intercambio de ideas e información, y para ello, las partes podrán:
- Organizar programas de estudio, capacitación y/o intercambio técnico, con la finalidad de analizar conjuntamente temas relativos a la fiscalización superior.
- Efectuar consultas adicionales y cooperar en otras áreas que resulten de interés mutuo, a través del intercambio de experiencias con expertos, en la realización de diagnósticos, seminarios, y conferencias en temas relevantes concernientes al control gubernamental.
- Propiciar intercambios de información a fin de conocer la estructura, buenas prácticas y el funcionamiento del Tribunal de Cuentas de España y, en especial, de su función jurisdiccional, considerando que recientemente la Contraloría General del Estado de la República de Ecuador presentó un proyecto de ley para estructurarse como Tribunal de Cuentas con función jurisdiccional.
- VIGENCIA: Se mantendrá en vigor por tiempo indefinido, salvo que una de las partes indique por escrito, con un mes de antelación, su intención de darlo por terminado.
- PRÓRROGA PREVISTA: no procede.
OBLIGACIONES ECONÓMICAS: El desarrollo del objeto del Acuerdo y su ejecución se llevará a cabo fundamentalmente por medios telemáticos, tales como correos electrónicos, teleconferencias o videoconferencias, sin bien no se excluye la realización de visitas de estudio en los casos en que se estime necesario, previo convenio de las partes. Cada parte sufragará los gastos relacionados con las comunicaciones ordinarias realizadas a través de los servicios telemáticos, así como del personal al servicio de cada una que intervengan en la ejecución del Acuerdo. En el caso de que se convenga por las partes efectuar visitas de estudio, la EFS solicitante soportará los gastos ocasionados por las mismas y, en particular, los de viaje, alojamiento, manutención y demás derivados directamente del desplazamiento de su delegación y, en su caso, del personal de la otra parte.
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Convenio de colaboración entre Entidades Fiscalizadoras.
Tribunal de Cuentas de España - Auditoría General de la República de Colombia.
- FECHA: 27/03/2015
- LUGAR DE CELEBRACIÓN: Madrid.
- OBJETO: Promover relaciones de cooperación técnica respecto a la rendición telemática de cuentas, mediante los proyectos o programas de actuación que a tal efecto se diseñen.
La cooperación entre el Tribunal de Cuentas y la Auditoría General de la República de Colombia podrá concretarse mediante la realización de las siguientes actividades:
- Intercambio de experiencias en el área de la rendición telemática de cuentas.
- Programas de visitas en la citada área.
- Cualquier otra forma de cooperación que se estime conveniente para el cumplimiento del objeto del contrato.
- VIGENCIA:Dos años a contar desde la fecha de su firma.
Podrá finalizar por acuerdo mutuo de las Partes o por denuncia expresa de una de ellas en cualquier momento de su vigencia, previo aviso de un mes de antelación.
- PRÓRROGA PREVISTA: Por acuerdo de las Partes, expresado antes de su vencimiento, por períodos sucesivos de dos (2) años.
- OBLIGACIONES ECONÓMICAS: El desarrollo del objeto del contrato y su ejecución se llevarán a cabo fundamentalmente por medios telemáticos, tales como correos electrónicos, teleconferencias o videoconferencias, si bien no se excluye la realización de visitas de estudio en los casos en que se estime necesario, previo acuerdo de las partes.
Cada Parte sufragará los gastos relacionados con las comunicaciones ordinarias realizadas a través de los servicios telemáticos, así como del personal al servicio de cada una. En el supuesto de realización de visitas de estudio, la parte que las solicite correrá con todos los gastos ocasionados por las mismas y, en particular, con los de viaje, alojamiento, manutención y demás derivados directamente del desplazamiento de su delegación así como, en su caso, del personal de la otra parte.
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Convenio de cooperación institucional entre Entidades Fiscalizadoras.
Tribunal de Cuentas de España - Oficina Nacional de Auditoría de la República Popular China.
- FECHA: 31/10/2011
- LUGAR DE CELEBRACIÓN: Madrid.
- OBJETO: Impulsar una colaboración institucional en el ámbito de sus competencias dirigida a promover el intercambio de conocimientos, experiencias e información adquiridos en el ejercicio de sus funciones, así como plantear los nuevos retos y suscitar reflexiones sobre el papel a desempañar por estas Instituciones en las sociedades actuales.
- VIGENCIA: Tres años a contar desde la fecha de su firma.
- Podrá finalizar por acuerdo mutuo de las Partes o por denuncia expresa de una de ellas en cualquier momento de su vigencia, previo aviso de un mes.
- PRÓRROGA PREVISTA: Automáticamente por períodos sucesivos de tres (3) años.
- OBLIGACIONES ECONÓMICAS: Cada Parte sufragará los gastos relacionados con los viajes internacionales de sus respectivas delegaciones y expertos/ salvo que se prevean otros acuerdos complementarios.
- Los acuerdos financieros para compartir los gastos para el intercambio de visitas de funcionarios de alto nivel serán de mutuo acuerdo entre las Partes. La Parte visitante, en principio, cubrirá los gastos relacionados con sus viajes de estudio, programas de formación, seminarios y otros tipos de visitas de trabajo.
- La Parte receptora se hará cargo de servicios tales como recibimiento en la Institución, preparación y coordinación de las reuniones de trabajo con el equipo técnico designado a tal fin, así como la preparación y entrega de materiales relativos al ámbito de la cooperación y visita a otras entidades o Instituciones, si así se considerara pertinente.
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Convenio de Cooperación para la realización de un proyecto de Cooperación Técnica.
Tribunal de Cuentas de España - Contraloría General del Estado Plurinacional de Bolivia.
- FECHA: 13/05/2011
- LUGAR DE CELEBRACIÓN: Madrid - La Paz
- OBJETO: Apoyo técnico del Tribunal de Cuentas de España a la Contraloría General del Estado plurinacional de Bolivia en el área de la fiscalización y la auditoría de gestión, especialmente referida a la actividad desarrollada por las empresas públicas, atendiendo tanto a los aspectos teóricos como a los prácticos.
- VIGENCIA: Desde el día de su firma hasta el desarrollo completo de todas las actuaciones previstas, pudiendo resolverse antes en caso de incumplimiento o modificación sustancial de las cláusulas o por acuerdo entre las partes.
- PRÓRROGA PREVISTA: No procede.
- OBLIGACIONES ECONÓMICAS: Primera Fase: AECID. Contraloría General del Estado de Bolivia.
Segunda Fase: El Tribunal de Cuentas recabará financiación.
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Convenio de Colaboración Internacional.
Tribunal de Cuentas de España - Oficina Estatal de Auditoría de la República Socialista de Vietnam.
- FECHA: 28/06/2010
- LUGAR DE CELEBRACIÓN: Hanoi (Vietnam)
- OBJETO:Desarrollar una colaboración bilateral en el ámbito de las respectivas competencias; y, en particular, a llevar a cabo actuaciones conjuntas en las siguientes áreas:
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- El intercambio de información, documentos, conocimientos y experiencias sobre el control de la actividad económico-financiera del sector público, y sus normas, metodologías, prácticas y procedimientos; el intercambio de información y documentación sobre actividades técnicas, con especial atención al área de evaluación del cumplimiento de las responsabilidades,
- La promoción de la formación profesional y mejora de la cualificación del personal.
- El desarrollo de estudios, proyectos de investigación y fiscalizaciones coordinadas sobre cuestiones relacionadas con el objeto de su competencia.
- La organización de jornadas, seminarios y conferencias conjuntas sobre temas de interés común respecto de las materias objeto de este Convenio.
Cualquier otra forma de cooperación que pueda decidirse de común acuerdo.
- VIGENCIA: Indefinida, a partir del día siguiente de su entrada en vigor.
Podrá resolverse por mutuo acuerdo o por denuncia de una de las partes previo aviso de al menos un mes.
- PRÓRROGA PREVISTA: No procede
- OBLIGACIONES ECONÓMICAS: Cada Parte asumirá los costes que le correspondan en ejecución de las actividades que pudieran programarse en desarrollo de este Convenio. En particular, y salvo acuerdo escrito en contra, cada una de ellas cubrirá los gastos relacionados con el viaje, alojamiento, manutención y desplazamientos de sus delegaciones y expertos.
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Acuerdo de Colaboración Institucional.
Tribunal de Cuentas de España - Contraloría General de la República de Chile.
- FECHA: 23/02/2009
- LUGAR DE CELEBRACIÓN: Madrid
- OBJETO: Desarrollar un programa de colaboración institucional, dirigido a promover un intercambio permanente de conocimientos, experiencias e información adquiridos en el ámbito de la fiscalización de la actividad económico-financiera de las administraciones públicas así como de la exigencia de responsabilidades contables derivadas de la gestión de fondos públicos.
- VIGENCIA: Indefinida desde el momento de la firma.
Puede resolverse cuando una de las partes indique por escrito con un mes de antelación su intención de darlo por terminado.
- PRÓRROGA PREVISTA: No procede
- OBLIGACIONES ECONÓMICAS: Cada una de las partes asumirá los costos que le correspondan de la ejecución de las actividades, de acuerdo a su disponibilidad presupuestaria, normativa del respectivo país, capacidad operativa y planes anuales de trabajo.
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Convenio de Cooperación Institucional.
Tribunal de Cuentas de España - Cámara de Cuentas de Ucrania
- FECHA: 03/06/2008
- LUGAR DE CELEBRACIÓN: Cracovia (Polonia)
- OBJETO:Desarrollar una colaboración bilateral, en el ámbito de sus competencias; y, en particular, a llevar a cabo actuaciones conjuntas en las siguientes áreas:
- El intercambio de información, conocimientos y experiencias sobre el control de la actividad económico-financiera del sector público, y sus normas, metodologías, prácticas y procedimientos.
- La promoción de la formación profesional y mejora de la cualificación del personal.
- El intercambio de información y documentación sobre las actividades técnicas de las dos Entidades Fiscalizadoras Superiores.
- El desarrollo de estudios, proyectos de investigación y fiscalizaciones coordinadas sobre materias relacionadas con el objeto de su competencia.
- La organización de jornadas, seminarios y conferencias conjuntas sobre temas de interés común en el campo del control externo de la gestión económico-financiera del sector público.
- Cualquier otra forma de cooperación que se acuerde por ambas Partes.
- VIGENCIA: Indefinida desde la firma por las Partes, siendo válido hasta que una de ellas indique por escrito, con al menos un mes de anticipación, su intención de darlo por terminado
- PRÓRROGA PREVISTA: No procede
- OBLIGACIONES ECONÓMICAS: Cada una de las Partes asumirá los costes que le correspondan en ejecución de las actividades en desarrollo de este Convenio. En particular, y salvo acuerdo escrito en contra, la Parte visitante cubrirá los gastos relacionados con el viaje y alojamiento de sus delegaciones de expertos; y la Parte receptora se hará cargo de servicios tales como desplazamientos internos, equipos técnicos y preparación de materiales relativos al ámbito de la cooperación.
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Convenio de Cooperación Internacional.
Tribunal de Cuentas de España - Cámara de Cuentas de la Federación Rusa
- FECHA: 12/09/2007
- LUGAR DE CELEBRACIÓN: Berna (Suiza)
- OBJETO:Fomento de la cooperación técnica, en el ámbito de sus competencias, y mejora de la eficacia de la interacción entre las dos Entidades Fiscalizadoras Superiores; en particular, colaborar en los siguientes ámbitos:
- El intercambio de experiencias para mejorar las metodologías de fiscalización del sector público.
- La cooperación en el ámbito de la formación profesional y mejora de nivel profesional del personal.
- El intercambio de información y documentación sobre las actividades técnicas de las dos EFS.
- El desarrollo de estudios, proyectos de investigación y auditorias conjuntas sobre materias de interés común.
- VIGENCIA: Indefinida desde la firma por las Partes y válido hasta que una de ellas indique por escrito, con al menos un mes de anticipación, su intención de darlo por terminado.
- PRÓRROGA PREVISTA: No procede.
- OBLIGACIONES ECONÓMICAS: Cada una de las partes asumirá los costes que les correspondan en ejecución de las actividades en desarrollo de este convenio. En particular, y salvo acuerdo escrito en contra, cada parte cubrirá los gastos relacionados con los desplazamientos de sus delegaciones de expertos.
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Acuerdo de Cooperación Técnica y Científica.
Tribunal de Cuentas de España - Asociación de Entidades Oficiales del Control Público del Mercosur-Asur
- FECHA: 13/05/2000
- LUGAR DE CELEBRACIÓN: Madrid
- OBJETO: Promover relaciones de cooperación técnica y científica en las áreas de control y fiscalización de la gestión de los recursos púbicos, mediante los proyectos o programas especiales de actuación que a tal efecto se lleven a cabo.
- VIGENCIA: Indefinida a partir de la fecha de su firma. Podrá ser denunciado por cualquiera de las partes previa notificación con seis meses de anticipación.
- PRÓRROGA PREVISTA: No procede.
- OBLIGACIONES ECONÓMICAS: Los gastos que se deriven de la aplicación del presente Acuerdo serán sufragados, en la parte que les corresponda, por cada una de las Instituciones.
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Acuerdo de Colaboración Institucional.
Tribunal de Cuentas de España - Tribunal de Cuentas de Uruguay.
- FECHA: 31 de marzo y 10 de abril de 2000
- LUGAR DE CELEBRACIÓN: Madrid - Montevideo
- OBJETO: Desarrollar un programa de colaboración institucional dirigido a promover un intercambio permanente de conocimientos, experiencias e información adquiridos en el ámbito de la fiscalización de la actividad económico-financiera de las administraciones públicas, específicamente en el campo financiero, presupuestario y patrimonial.
- VIGENCIA: Dos años.
- PRÓRROGA PREVISTA: Tácita, por iguales periodos sucesivos de dos años, a menos que una de las partes manifieste el propósito de darlo por terminado mediante notificación escrita, por lo menos con seis meses de antelación a la finalización del periodo de dos años que corresponda.
- OBLIGACIONES ECONÓMICAS: Mutuo Acuerdo.
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Acuerdo de Cooperación Institucional.
Tribunal de Cuentas de España - Contraloría General de la República de Panamá.
- FECHA: 22/12/1999
- LUGAR DE CELEBRACIÓN: Madrid
- OBJETO: El presente Acuerdo tiene como finalidad establecer las bases para la cooperación y el intercambio en aspectos científicos y técnicos relacionados con la fiscalización, el control y la regulación de los fondos y bienes públicos y el juicio de cuentas, mediante la puesta en marcha de acuerdos o programas especiales de actuación.
- VIGENCIA: Cinco años desde su firma.
- PRÓRROGA PREVISTA: Por periodos sucesivos a voluntad de las partes.
- OBLIGACIONES ECONÓMICAS: Los gastos que se deriven de la aplicación del presente Acuerdo serán sufragados, en la parte que les corresponda, por cada una de las Instituciones.
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Acuerdo de Cooperación Científica y Técnica.
Tribunal de Cuentas de España - Contraloría General de la República de Colombia
- FECHA: 01/06/1999
- LUGAR DE CELEBRACIÓN: Madrid
- OBJETO: Establecer programas de cooperación e intercambio en aspectos científicos y técnicos en el control y la fiscalización del manejo de los recursos públicos y enjuiciamiento contable o proceso de responsabilidad fiscal.
- VIGENCIA: Indefinida.
- PRÓRROGA PREVISTA: No procede.
- OBLIGACIONES ECONÓMICAS: Mutuo acuerdo.
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Acuerdo de Colaboración institucional.
Tribunal de Cuentas de España - Contraloría General de la República de Venezuela
- FECHA: 16/10/1998
- LUGAR DE CELEBRACIÓN: Caracas (Venezuela)
- OBJETO: Promover un intercambio permanente de experiencias y de información, que comprenderá los conocimientos adquiridos en el ámbito de fiscalización de las administraciones públicas, específicamente en el campo financiero, presupuestario y patrimonial.
- VIGENCIA: Tres años desde su firma.
- PRÓRROGA PREVISTA: Prórroga tácita por periodos sucesivos de 3 años, a menos que una de las partes manifieste el propósito de darlo por terminado mediante preaviso escrito, antes de los seis meses de su vencimiento.
- OBLIGACIONES ECONÓMICAS: Mutuo Acuerdo.
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Acuerdo de Cooperación Institucional.
Tribunal de Cuentas de España - Contraloría General de la República de Honduras.
- FECHA: 06/10/1998
- LUGAR DE CELEBRACIÓN: Tegucigalpa (Honduras)
- OBJETO: Establecer las bases para la cooperación y el intercambio en aspectos científicos relacionados con la fiscalización de la gestión de los recursos públicos, mediante la puesta en marcha de acuerdos o programas especiales de actuación.
- VIGENCIA: Cinco años desde el momento de su firma.
- PRÓRROGA PREVISTA: Por iguales periodos sucesivos a voluntad de las partes, a menos que una notifique a la otra, seis meses antes del vencimiento, su interés por darlo por terminado.
- OBLIGACIONES ECONÓMICAS: Los gastos que se deriven de la aplicación del presente acuerdo para el cumplimiento de los programas aprobados serán sufragados por ambas instituciones firmantes. No obstante podrán gestionar recursos por la vía de la cooperación internacional para asegurar el traslado de funcionarios, técnicos y becarios.
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Protocolo de Cooperación Técnica y Científica.
Tribunal de Cuentas de España - Tribunal de Cuentas de la Unión del Brasil
- FECHA: 16/04/1996
- LUGAR DE CELEBRACIÓN: Madrid
- OBJETO: Establecer relaciones de cooperación técnica y científica en las áreas de control y fiscalización del manejo de los recursos públicos.
- VIGENCIA: Indefinida, a partir de la fecha de su firma. Podrá ser denunciado por cualquiera de las partes, previa notificación, con seis meses de anticipación.
- PRÓRROGA PREVISTA: No procede.
- OBLIGACIONES ECONÓMICAS: Los gastos que se deriven de la aplicación del presente Acuerdo, serán sufragados en la parte que les corresponda, por cada una de las Instituciones.
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Acuerdo de Cooperación Técnica y Científica.
Tribunal de Cuentas de España - Tribunal de Contas do Estado do Paraná (Brasil)
- FECHA: 28/11/1995
- LUGAR DE CELEBRACIÓN: Madrid
- OBJETO: Cooperación técnica y científica, en especial en lo relativo a experiencias y conocimientos obtenidos del área de control externo de la gerencia pública.
- VIGENCIA: Indefinida
- PRÓRROGA PREVISTA: No procede
- OBLIGACIONES ECONÓMICAS: Mutuo acuerdo.
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Protocolo de Cooperación.
Tribunal de Cuentas de España - Tribunal de Cuentas de Portugal
- FECHA: 18/04/1989
- LUGAR DE CELEBRACIÓN: Lisboa (Portugal)
- OBJETO: Intercambio permanente de experiencias y conocimientos en el ámbito de las funciones fiscalizadoras que legalmente les están atribuidas.
- VIGENCIA: Indefinida.
- PRÓRROGA PREVISTA: No procede.
- OBLIGACIONES ECONÓMICAS: Mutuo Acuerdo.